xoves, 4 de febreiro de 2021

PADRON DE 1801




"Martin Rodriguez Vazquez, Escribano de Su Magestad y asignado al Coto de Santiago de Parada en esta Provincia de Orense, Reyno de Galicia, Certifico haver dado Fee, a su merded la Justizia de el, de los actos de Padron formados en virtud  de la Real Orden comunicada para reemplazo del Exercito que su tenor a la letra dicen así: En la Feligresia y Coto de Parada y dia dos de Maio, año de mil ochocientos y uno, Vuestra Merced don Juan Antonio Gonzalez, Juez y Justizia Ordinaria de el. por ante mi en voz dijo: Que por la capital de esta Provincia se le acava de dirigir la real ordenanza por donde deve practicarse el reemplazo del exercito, en la qual se previene que ante todas cosas se forme un Padron exacto del vecindario para dirigirlo al Señor Intendente General de este Reyno con lo mas que en ella se expresa, y a fin de darle el devido cumplimiento provehe este acto por el que manda se expidan las ordenes combenientes, para que se comboquen a Concejo y Ayuntamiento los individuos y mas vezinos de dicho Coto, a quienes se les instruirá de dicha Real Ordenanza, y con su acuerdo proberba nombrase los Comisarios necesarios para la formacion del Padron, y en su vista proveher lo mas que haia lugar. Y por este acto mando ynformar que yo escribano doy Fee.

Dn Juan Antonio Gonzalez

De mandado de su Merced Martin Rodriguez Vazquez.

En el Campo Publico del lugar de la Yglesia, donde se acostumbra hacer audiencia Feligresía y Coto de Parada y dia tres de Maio, año de Mil Ochocientos y Uno, Su Merced Dn Juan Antonio Gonzalez Juez y Justizia Ordinaria de el, tratandose en Concejo y Auntamiento, acompañado de Diego Fernandez Procurador General de el y de Luis Novoa, Francisco do Bal, Santiago Gonzalez, Manoel Cota, Juan Alvarez, Antonio Rodriguez, Francisco Carid, Josef Vazquez, Pedro Carid, Miguel Carid, Pedro Rey, Juan Carid, Manoel Rodriguez, Domingo Gonzalez, Pedro Gonzalez, Ignacio Carid, Pedro do Bal, Caietano Gonzalez, Ramiro Rodriguez y otros barios vezinos de que se compone dicho Coto, se les publicó e hizo saver la Real Ordenanza de Su Magestad establecida para el Reemplazo del Exercito para que la tengan entendido y a fin de poder darle el devido cumplimiento segun previene. 

Desde luego su Merced nombra a Juan Alvarez y Joaquin Vazquez vezinos de esta Feligresia y Coto, personas inteligentes y de toda buena cristiandad y conducta para que  como comisarios formen inmediatamente un Padron exacto del vezindario de este Coto y lo entreguen y presenten a Su Merced para en subito? proceder a lo mas que se manda. Presentes los sobredichos que enterados de este nombrameniento desde luego lo azetaron y ofrecieron desempeñar el encargo que se pone a su cuidado, procediendo en el con la pureza y legalidad que corresponde y con apercivimiento de la responsabilidad que de lo contrario pueda resultar. De todo lo qual fueron mencionados no solo los sobredichos, sino los mas vezinos concurrentes. 

Y que conste lo manda poner por Deligencia que firma Su Merced con el Procurador General y mas que dicen saver, de todo lo qual, yo Escribano doy Fee.

Dn Juan Antonio Gonzalez

Diego Fernandez

Jacovo Fernandez

Juan Vazquez

Pastor do Bal

Joaquin Vazquez

Luis Novoa

Joaquin Carid

Ante mi Martin Rodriguez Vazquez, en dicha Feligresia y Coto de Parada y dia veinte y dos de Maio, año Mil Ochocientos y Uno.

Su Merced don Juan Antonio Gonzalez, Juez y Justizia Ordinaria de el, por ante mi, Escribano, dijo: 

Que respecto por Joaquin Vazquez y Juan Alvarez, Comisarios nombrados para el arreglo del vecindario de este Coto, se le acava de entregar la relacion, a fin de arreglar y formar el Padron de el, con la formalidad que se previene, manda se comboquen a Auntamiento para el dia veinte y quatro del corriente y para oficio politico al actual Abad y Cura Parroco de esta Feligresia para que por si o por su Teniente Cura, concurra a presenciar la letura y formacion de dicho Padron autorizarlo y exponer lo que halle por combeniente en inteligencia de que sera responsable a los perjuicios que se ocasionen por su omision y retardo. Y por este auto mando Ynformar que doy Fee.

Dn Juan Antonio Gonzalez

Ante mi, Martin Rodriguez Vazquez.

En el Campo publico de la Feligresia y Coto de Parada y sitio donde se haze Audiencia a veinte y quatro dias del mes de Maio de Mil Ochocientos y Uno, hallandose juntos en Autamiento formal Su Merced don Juan Antonio Gonzalez, Juez y Justizia Ordinaria de el, Diego Fernandez Procurador Sindico General del Comun, Dn Juan Vazquez Presvitero Teniente Cura Parroco de esta Feligresia, que ha concurrido por imposivilidad de Dn Juan Antonio de la Plaza, Abad de ella. De todos los vezinos y domiciliados de que se compone dicho Coto y la de su Escribano se ha leido e hizo notorio la relacion y Padron de vezindario formado por Joaquin Vazquez y Juan Alvarez, Comisarios nombrados a este fin que igualmente, se hallan presentes y de reconocida e instruidos todos con arreglo a las razones y Padrones antiguos, resultó haver el numero de vecinos que con su distincion de clases y estados se expresan y es en la manera siguiente:

Del Estado Noble:

Dn. Francisco Paze y Arminta, soltero


Del Estado Llano:

Luis de Novoa, casado

Francisco do Bal, casado

Santiago Gonzalez, casado

Manoel Cota, casado

Bentura do Bal, viuda

Josefa Gonzalez, viuda

Juan Alvarez, casado

Luis Alvarez, casado

Antonio Rodriguez, casado

Francisco Carid, casado

Josef Vazquez, casado

Juan Vazquez, casado

Pedro Carid, casado

Miguel Carid, casado

Pedro Rey, casado

Josef Rodriguez, casado

Maria do Bal, viuda

Josef do Bal, casado

Matias do Bal, casado

Pedro Gonzalez, casado

Juan Carid, casado

Manoel Rodriguez, casado

Domingo Gonzalez, casado

Manoel Gonzalez, casado

Pedro Gonzalez, casado

Ignacio Carid, casado

Pedro do Bal, casasdo

Pedro Gonzalez, casado

Caietano Gonzalez, casado

Antonio Gonzalez, casado

Ramiro Rodriguez, casado

Ramon Gonzalez, casado

Juan Fernandez, casado

Juan Alvarez, casado

Antonio Gonzalez, casado

Joaquin Vazquez, casado

Francisco do Bal, casado

Francisco Gonzalez, celibato

Francisco Gonzalez, celibato

Josef do Pazo, casado

Antonio Pereira, casado

Josef Ramon Gonzalez, casado

Patricio Duran, casado

Manoel Varela, casado

Joaquin de Carid, casado

Ramon Pereira, casado

Antonio Gonzalez, casado

Martin Gonzalez, casado

Francisco Gonzalez, casado

Micaela Sanchez, viuda

Manoela Gonzalez, viuda

Jacovo Fernandez, casado

Diego Fernandez, casado

Josefa Casares, viuda

Manoel Pereira, casado

Dn Miguel Gonzalez, cirujano casado

Josef Rodriguez, casado

Victorio Rodriguez, casado

Rosa Martinez, viuda

Gabriel Gonzalez, casado

Ramon Carid, casado

Manoel Fernandez, casado

Pedro Carid, casado

Josef Gonzalez, casado

Antonio Gonzalez, casado

Domingo Alvarez, casado

Josef Fernandez, casado

Maria Rosa Gonzalez, viuda

Juana Perez, viuda

Benita Rey, viuda

Josefa Sierra, viuda

Francisco Gonzalez, viudo


Cuio Padron y relacion de vecindariose ha leido publicamente e instruido en su contenido a todos los referidos y mas concurrentes, quienes exponen  estar formado con toda pureza y verdad, sin tener que notar  ni advertir sobre ello cosa alguna y por lo mismo se   hubo y ha concluso y acabado este acto que forman todos los que saven con Su Merded el Juez, Procurador General, Teniente Cura e yo Escribano que es todo ello doy Fee.

Dn. Juan Antonio Gonzalez, Diego Fernandez, como Teniente Cura Dn Juan Antonio Vazquez, Juan Fernandez, Joaquin Vazquez, Pastor do Bal, Ramiro Rodriguez, Francisco Gonzalez, Santiago Gonzalez, Juan Vazquez, Domingo Gonzalez, Luis de Novoa, Joaquin de Carid, Jacovo Fernandez.

Ante mi Martin Rodriguez Vazquez, en dicho Coto de Parada y dia veinte y quatro de Maio, año referido, Su Merced el mesmo Juez, manda que respecto está formado, concluso y arreglado el Padron del vecindario de este Coto. El presente Escribano saque testimonio y lo entregue para dirigirlo a la Capital, custodiandose el original en el Arca del Aiuntamiento al qual se unirá recivo de su entrega en la expresada Capital. Y por este asi lo mando y firma de que doy Fee.

Dn Juan Antonio Gonzalez, de mandado de Su Merced Martin Rodriguez Vazquez. E segun resulta de los expresados actos con los que concuerda a que me remito y en Fee de ello y de mandado de Su Merced doy el presente que signo y firmo en estas tres ojas de papel sello quanto menor estando en dicho Coto a veinte y cinco de Maio de Mil Ochocientos y Uno."

[Firma Martin Rodriguez Vazquez]

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