A
FIRMA E XURAMENTO DA CONSTITUCIÓN DE 1812 EN PARADA
Así
D. Luis Gonzalez, Alcalde Carcelero convocaba os seus veciños:
“En
el lugar de Vilaboa Feligresía y Coto de Santiago de Parada, a
veinte y nuebe días del mes de Marzo, año de mil ochocientos
veinte; el Señor Luis Gonzalez Alcalde Carcelero que como tal
administra Justizia en el; por ausencia Escribano dijo: haver
recivido orden de la Capital de este Partido terminante a que se
publique y jure la Constitución promulgada en Cádiz por los
representantes de la Nación el año pasado 1812 y que se reconozca
la Junta Suprema instalada en la Ciudad de la Coruña con lo mas que
dicha orden refiere; y para efecto de darle entero cumplimiento
?procede? despachar combocatorias para que los domiciliarios de
este dicho Coto congregados en masa, el día dos de Abril, y ora a
las diez de su mañana en el campo de la fiesta como sitio
acostumbrado, traigan el reconocimiento y juramento prevenido
arreglado a la formula inscrita en dicha orden...”
E
efectivamente, no lugar indicado e á hora sinalada apareceron os
convocados, que no documento se relatan:
“En
el campo de la fiesta, Feligresia y Coto de Santiago de Parada, a dos
dias del mes de Abril, año de mil ochocientos veinte; ante el Sr.
Luis Gonzalez Alcalde Carcelero que administra justicia en el y en
virtud a las combocatorias al efecto despachadas se presentaron:
El
Señor D. Joseph Joaquin Miranda y Soto; Don Francisco Paz y Arminta,
Josef Garcia Procurador General de el; Ignacio Carid Juez Pedaneo;
Emedio Sotelo; Josef y Jacobo Fernandez; Ramon y Fernandeo Duran,
Ramon Fernandez, Ramon y Antonio Pereyra, Miguel Carid, Francisco
Gonzalez, Miguel Vazquez, Josef y Francisco do Pazo, Manuel Vazquez,
Manuel Noboa, Santiago Gonzalez, Antonio Rodriguez, Domingo Gonzalez,
Pedro do Bal; Pedro Rodriguez, Juan Gonzalez, Manuel Gonzalez,
Cayetano Gonzalez; Josef Vazquez, Josef do Bal; Pedro Rey; Pedro
Gonzalez; Juan, Francisco y Facundo Carid; Josef Rodriguez; Josef
Alvarez; Francisco do Bal; Gabriel y Josef Gonzalez; Francisco Carid,
Antonio Arias; Manuel Fernandez; Martin Fernandez; Manuel Gonzalez y
Ramiro Gonzalez vecinos todos de esta dicha Parroquia y Coto...”
Alí
xuran o cumplimento da
“Constitucion
Politica da Monarquia española sancionada en Cadiz por los
representantes de la Nacion que asi mismo reconocieron la Junta
Suprema instalada en la Cibdad de la Coruña...”.
E
así mismo xuran
“...hacer
todos los exfuerzos posibles a conseguir el justo y santo objeto que
se propone con arreglo a la voluntad del Pueblo, y hasta que se
consiga enteramente...”. “... si asi lo hiciereys Dios os ayude;
y si no que Dios os lo demande; Amen.”